EJERCICIO
PROFESIONAL EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Según las atribuciones conferidas por Ley 12.048
y su modificatoria Ley 14.185 el ejercicio
de la profesión de Traductor Público e Intérprete en todo el territorio de la
Provincia de Buenos Aires queda sujeto a las disposiciones de los artículos 5,
6 y 7, según los cuales las traducciones presentadas ante entidades de esta
provincia deberán estar realizadas por traductores públicos matriculados
registrados en alguna de los cuatro Colegios Regionales que integran el mencionado
colegio a saber:
a. Colegio Regional Bahía
Blanca: Sarmiento 54 (8000) Bahía Blanca. Correo
electrónico: info.bahiablanca@traductorespba.org.ar. Tel.: (0291) 154-142598 Tiene jurisdicción
dentro de los límites de los Departamentos Judiciales de Bahía Blanca, Mar del
Plata, Necochea y Azul, y los eventuales Departamentos Judiciales que se
desprendan de aquéllos.
b. Colegio
Regional La Plata: Calle 47 N°
334 (B1900AJN) La Plata. Correo electrónico: info@traductoreslaplata.org. Tel: 02214216443/ Tel/Fax: 0221-4219493. Tiene jurisdicción
dentro de los límites de los Departamentos Judiciales de Quilmes, La Plata,
Lomas de Zamora y Dolores, y los eventuales Departamentos Judiciales que se
desprendan de aquéllos.
c.
Colegio Regional Morón: Rivadavia 18.236 1” Piso (1708) Morón. Tel: (011)15 5939
2896 Correo electrónico: info.moron@traductorespba.org.ar. Tiene jurisdicción dentro de los límites de los Departamentos
Judiciales de Morón, San Martín, La Matanza, Trenque Lauquen, Mercedes y
Moreno-General Rodríguez, y los eventuales Departamentos Judiciales que se
desprendan de aquéllos.
d. Colegio
Regional San Isidro: Rivadavia 552/78 San Isidro. Tel: (011)1553333683 Correo
electrónico: info.sanisidro@traductorespba.org.ar. Tiene
jurisdicción dentro de los límites de los Departamentos Judiciales de San
Isidro, San Nicolás, Zárate Campana, Pergamino y Junín, y los eventuales
Departamentos Judiciales que se desprendan de aquéllos.
Los traductores
deberán constituir un domicilio legal en la ciudad asiento de alguno de los
Colegios Regionales para ejercer la profesión en la provincia.
Aquellos traductores públicos que quieren
ejercer como auxiliares de justicia ordinaria del Poder Judicial de esta
jurisdicción, según los términos de la normativa vigente, y en especial, de las
disposiciones de la Acordada
2728/96 podrán inscribirse en un único
Departamento Judicial (art. 3) luego de
haber aprobado el curso de capacitación en práctica procesal previstos en el
artículo 5 del Acuerdo 2728. Además deberá constituirse un domicilio legal en
el Departamento Judicial elegido.
La inscripción se realizará desde el 1 al
30 de septiembre de cada año en las sedes de cada uno de los Colegios Regionales.
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